Normativa 29 de junio de 20269 min de lectura
Criterios de adjudicación: juicio de valor vs fórmula
Última revisión: 29 de junio de 2026 · Equipo LicitaIA
Ganar una licitación no es solo ofrecer el precio más bajo. Te explicamos cómo se reparten los puntos entre los criterios evaluables por fórmula y los sujetos a juicio de valor, y qué implica para tu oferta.
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Equipo LicitaIA
Expertos en contratación pública
Respuesta rápida
Las licitaciones se adjudican a la mejor relación calidad-precio (art. 145 LCSP) mediante dos clases de criterios: los evaluables por fórmula (automáticos, como el precio) y los sujetos a juicio de valor (la calidad técnica). El pliego fija el peso de cada uno (art. 146). En los procedimientos abiertos y restringidos, si la calidad técnica pesa más que la fórmula, su valoración la hace un comité de expertos.
¿Qué son los criterios de adjudicación?
Los criterios de adjudicación son los parámetros con los que el órgano de contratación puntúa
cada oferta para decidir cuál ofrece la mejor relación calidad-precio. Vienen recogidos en el
pliego (el PCAP) y la LCSP los regula en sus artículos
145 y 146. Entenderlos bien es lo que separa una oferta competitiva de una que pierde puntos por no enfocar
donde la licitación los reparte.
¿Qué diferencia hay entre juicio de valor y fórmula?
| Aspecto |
Evaluables por fórmula |
Sujetos a juicio de valor |
| Cómo se puntúan | Automáticamente, aplicando una fórmula matemática. | Mediante apreciación técnica motivada. |
| Ejemplos típicos | Precio, plazo de entrega, ampliación de garantía. | Calidad de la memoria técnica, metodología, mejoras. |
| Margen de subjetividad | Nulo: el resultado es objetivo. | Existe, por eso debe motivarse y documentarse. |
| Cuándo se abren | Después (sobre con criterios cuantificables). | Antes (sobre con criterios sujetos a juicio de valor). |
El orden de apertura importa: los criterios sujetos a juicio de valor se valoran antes de conocer
el precio, para evitar que la cifra económica condicione la nota técnica. Por eso incluir datos de la oferta
económica en el sobre técnico es causa de exclusión, como recordamos en la
plantilla de oferta técnica.
¿Cómo se reparten los puntos en el pliego?
No hay un reparto único: cada pliego decide cuánto vale cada criterio dentro de los límites de la LCSP. Encontrarás
desde licitaciones donde el precio vale el 100 % (solo fórmula) hasta otras donde la
calidad técnica supera el 50 %. La consecuencia práctica es directa: si la técnica pesa mucho,
una memoria excelente puede compensar un precio algo más alto; si manda el precio, el margen está en ajustar la
oferta económica sin caer en baja temeraria.
¿Cuándo es obligatorio un comité de expertos?
Para reforzar la objetividad, en los procedimientos abiertos y restringidos de las
Administraciones Públicas, cuando los criterios sujetos a juicio de valor tienen
más peso que los evaluables por fórmula, su valoración debe encomendarse a un
comité de expertos (mínimo tres miembros) o a un organismo técnico especializado
(art. 146.2 LCSP).
En el resto de casos, la valoración corresponde a la mesa de contratación. Es una garantía a tu favor:
donde aplica, tu propuesta técnica la juzga un órgano cualificado, no una sola persona.
¿Cómo preparar tu oferta según los criterios?
- Localiza el reparto de puntos en el PCAP antes de escribir nada.
- Invierte tu esfuerzo donde están los puntos: responde con detalle a cada criterio técnico, en su mismo orden.
- Concreta y cuantifica: los criterios de juicio de valor premian medios, plazos y mejoras concretas, no generalidades.
- Calcula el precio con cabeza: usa el simulador de baja temeraria para no descalificarte por un precio anormalmente bajo.
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