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Requisitos 1 de julio de 20269 min de lectura

Prohibiciones de contratar: causas, prueba y efectos

Última revisión: 1 de julio de 2026 ·

Guía práctica para entender qué son las prohibiciones de contratar, qué situaciones las activan, cómo se aprecian y qué efectos tienen para una empresa que quiere licitar.

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Equipo LicitaIA

Expertos en contratación pública

Respuesta rápida

Una prohibición de contratar es una situación que impide a una persona o empresa contratar con el sector público. La LCSP recoge causas como determinadas condenas o sanciones firmes, insolvencia, falta de estar al corriente en obligaciones tributarias o de Seguridad Social, falsedad en declaraciones, incompatibilidades y ciertos incumplimientos en licitaciones o contratos anteriores (art. 71 LCSP). Para una pyme, no basta con preparar una buena oferta: antes hay que comprobar que no existe ninguna causa vigente y que puedes acreditarlo sin contradicciones.

¿Qué son las prohibiciones de contratar?

Las prohibiciones de contratar son barreras legales que excluyen a una empresa o profesional de la contratación pública cuando concurre una causa prevista por la LCSP. No son un requisito técnico más ni una valoración subjetiva del órgano de contratación: afectan a la aptitud básica para contratar y pueden dejar fuera una oferta aunque sea económicamente competitiva.

El punto de partida está en el art. 71 LCSP, que enumera las circunstancias que impiden contratar y conecta sus efectos con el art. 73 LCSP. En términos prácticos, la empresa debe revisar este bloque antes de dedicar horas a la memoria técnica, a la oferta económica o al DEUC.

Esta guía es informativa y está pensada para pymes y autónomos que quieren reducir riesgos al licitar. No sustituye el análisis jurídico del caso concreto, especialmente si existe una sanción, una resolución contractual, una deuda discutida o una posible inscripción registral.

¿Qué causas pueden impedir contratar con el sector público?

El art. 71 LCSP agrupa causas de naturaleza distinta. Algunas miran a la integridad de la empresa o de sus administradores; otras a su situación económica, fiscal o laboral; y otras nacen de conductas dentro de una licitación o de un contrato público anterior.

Bloque de causa Qué debes comprobar Riesgo práctico
Condenas o sanciones firmesSi hay resoluciones firmes relacionadas con delitos o infracciones incluidos en la LCSP.Puede impedir contratar durante el alcance y plazo aplicable.
Situación concursal o insolvenciaSi la empresa está en una situación de insolvencia o concurso que encaja en la causa legal.Puede bloquear la participación aunque la oferta sea técnicamente buena.
Obligaciones tributarias, Seguridad Social, discapacidad o igualdadSi la empresa está al corriente y, cuando proceda, cumple las obligaciones de plantilla y plan de igualdad.El error suele aparecer al preparar la documentación administrativa.
Falsedad o datos incorrectosSi las declaraciones responsables, datos de capacidad o solvencia son coherentes y verificables.Puede convertir una omisión aparentemente formal en una causa mucho más grave.
Incidencias en licitaciones o contratos anterioresSi hubo retirada indebida, falta de formalización, incumplimientos esenciales o resolución culpable.El antecedente puede afectar a futuras oportunidades públicas.

Para una empresa pequeña, la lectura útil no es memorizar cada letra del artículo, sino convertirlo en una lista de control: antecedentes penales o sancionadores, deudas y certificados, situación societaria, cumplimiento laboral, veracidad documental e historial contractual. Esa revisión encaja bien con la pregunta cómo saber si puedo presentarme y con la guía de solvencia económica y técnica.

¿Cómo se prueban o se declaran estas prohibiciones?

No todas las prohibiciones funcionan igual. El art. 72 LCSP distingue entre causas que el órgano de contratación puede apreciar directamente mientras subsista la circunstancia y otras que necesitan que se determine su alcance y duración mediante el procedimiento correspondiente.

En la práctica, esto significa que la empresa debe cuidar dos planos. Primero, la situación real: estar al corriente, no tener una incompatibilidad vigente y no arrastrar un incumplimiento esencial. Segundo, la trazabilidad documental: declaraciones responsables, certificados, inscripciones y datos registrales deben contar la misma historia. Si declaras algo que luego no puedes sostener, el problema no es solo perder puntos; puede escalar a una causa de prohibición.

Cuando estés preparando una licitación, revisa el PCAP y el PPT, confirma si debes aportar certificados desde el inicio o solo a requerimiento, y alinea esa revisión con el DEUC. Si el expediente exige inscripción registral o la usa como medio de prueba, también conviene repasar la guía de ROLECE.

¿Qué efectos tiene una prohibición de contratar?

Los efectos no siempre tienen el mismo alcance. El art. 73 LCSP regula si la prohibición afecta al órgano de contratación que la declara, al sector público correspondiente o, en determinados casos, a todo el sector público. También prevé la comunicación para inscripción en el registro de licitadores cuando proceda.

Este detalle importa mucho. Una incidencia con un contrato concreto puede quedarse en un ámbito limitado o extenderse, según la causa y el procedimiento. Por eso no conviene tratar la prohibición como una simple exclusión de una licitación: puede afectar a la estrategia comercial pública de la empresa durante meses o años.

El art. 73.3 LCSP diferencia el momento en que los efectos se producen. Cuando la sentencia firme o la resolución administrativa firme que declara la prohibición ya fija su alcance y duración, los efectos arrancan desde esa firmeza, sin esperar a la inscripción registral: por eso una empresa no debería dar por hecho que puede licitar solo porque todavía no figure nada en el registro. En los demás supuestos, el efecto aparece desde la inscripción registral correspondiente. Esta diferencia debe verificarse caso por caso y no debería decidirse con una lectura apresurada del expediente.

¿Qué debe revisar una pyme antes de presentar oferta?

La revisión debe hacerse antes de calcular precio. Si detectas un problema tarde, ya habrás invertido tiempo en una oferta que puede quedar fuera por un requisito de aptitud. Una comprobación razonable incluye estos pasos:

  • Certificados básicos: confirma que las obligaciones tributarias y de Seguridad Social están al día o correctamente aplazadas, fraccionadas o suspendidas.
  • Declaraciones responsables: revisa que capacidad, solvencia, datos societarios y cumplimiento laboral se declaran de forma coherente.
  • Administradores y representantes: comprueba si existe incompatibilidad o conflicto que pueda afectar a la empresa.
  • Historial con Administraciones: identifica retiradas de oferta, falta de formalización, penalidades relevantes, incumplimientos esenciales o resoluciones culpables.
  • Registro de licitadores: si usas inscripción registral, verifica que la información está actualizada y no contradice la oferta.

Esta lista se complementa con la pregunta qué son las prohibiciones de contratar, la guía de clasificación empresarial si el contrato la exige y la guía de primera licitación pública si todavía estás construyendo tu proceso interno.

¿Qué hacer si aparece una posible prohibición?

Lo peor es improvisar. Si detectas una posible causa, separa tres preguntas: si la causa existe, si está vigente y cuál es su alcance. Después revisa si el órgano puede apreciarla directamente o si requiere una declaración con alcance y duración. Esa distinción viene del art. 72 LCSP y condiciona la respuesta.

También conviene documentar medidas correctoras cuando sean relevantes. El art. 72 LCSP contempla que, en determinados supuestos y dentro del trámite correspondiente, la persona incursa pueda acreditar pago o compromiso de pago de multas e indemnizaciones y medidas técnicas, organizativas y de personal para evitar futuras infracciones. No es una salida automática ni sirve para todas las causas, pero sí muestra que la reacción de la empresa debe estar documentada, no solo explicada verbalmente.

Si la consecuencia es una exclusión o una decisión impugnable, revisa plazos y vía adecuada. Para contexto general puedes consultar la guía de recurso especial en materia de contratación, pero cualquier decisión de recurso requiere validar el expediente concreto.

¿Cómo ayuda LicitaIA a reducir este riesgo?

LicitaIA no sustituye a un asesor legal, pero ayuda a ordenar la revisión previa: lectura de pliegos, extracción de requisitos, contraste con la situación de la empresa y señales de alerta antes de invertir horas en la oferta. Eso es especialmente útil cuando la prohibición no aparece como una palabra destacada, sino escondida en declaraciones, certificados o antecedentes del expediente.

Si quieres analizar una licitación concreta, sube el pliego y revisa requisitos, solvencia, documentación y riesgos de participación antes de preparar la oferta completa.

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